DAYS
HOURS
MINUTES
SECONDS

Ley Antifraude: Consultorio gratuito.

WEBINAR GRATUITO

Apúntate ahora

11:00 hs España

Jueves, 06 de febrero de 2025

Auditor CISA, perito y tasador informático en leyantifraude.com

Como profesional independiente trabajo a nivel nacional e internacional en diferentes servicios relacionados con la auditoría y peritaje informático, así como asesoro a diferentes comités de dirección en su transformación en modalidad Interim Manager TIC.


Por mi experiencia y formación como MBA y PDD por el IESE, Ingeniero en Informática, CISA por ISACA, Doble máster en Inteligencia artificial, Machine Learning y Deep Learning en el MBIT, entre otras formaciones, me considero polivalente y experto gestor de cambios, liderando proyectos de alta complejidad y amplio alcance.


Seguidamente enumeraré mis principales servicios: Primer auditor de receta médica privada de España Actualmente como primer auditor de receta médica privada electrónica mi labor es ayudar a homologar soluciones informáticas de receta médica privada ante la OMC.

Online

60- 90 minutos de Duración

Jueves, 06 de febrero de 2025

Inscríbete de todas formas y te mandaremos la grabación para que puedas visualizarlo bajo demanda.

¿No puedes asistir

al webinar?

Luis Vilanova, uno de los principales auditores y peritos de software a nivel mundial, estará a disposición de la Audiencia para responder preguntas y cuestiones relativas a la famosísima Ley Antifraude, que entre otras cosas, trata de evitar la Contabilidad B. ¡No te lo pierdas! Prepara tus preguntas y conecta cámara y micro!


La Ley 11/2021, conocida como Ley Antifraude, incorpora medidas estrictas para garantizar la transparencia y evitar prácticas fraudulentas en los sistemas informáticos utilizados en los procesos contables, de facturación y gestión. Esta normativa establece sanciones específicas para quienes fabriquen, comercialicen o utilicen software que permita incumplir las obligaciones tributarias.


Claves de la infracción tributaria según la Ley General Tributaria


El artículo 29.2.j y otras disposiciones complementarias detallan que constituye infracción tributaria el desarrollo, producción o comercialización de software que permita las siguientes prácticas:


1. Contabilidades paralelas:


•Se sanciona el desarrollo de software que permita llevar contabilidades distintas, lo que está vinculado con el artículo 200.1.d de la Ley General Tributaria.


•Esto incluye cualquier herramienta que facilite ocultar o manipular los libros contables de forma irregular.


2. Omisión de transacciones:


•Es infracción diseñar o utilizar programas que permitan no reflejar, total o parcialmente, transacciones realizadas.


•Esto busca evitar que se oculten ingresos o se reduzcan las bases imponibles de forma ilícita.


3. Registro de transacciones ficticias:


•Se prohíben sistemas que permitan registrar transacciones distintas a las realmente realizadas, afectando la veracidad de los libros contables.


4. Alteración de datos ya registrados:


•El software no debe permitir modificar transacciones ya registradas de forma que incumpla la normativa aplicable.


•Esto asegura que los registros sean inmutables, salvo en casos permitidos legalmente.


5. Incumplimiento de requisitos técnicos:


•Todo software debe garantizar:


•Integridad: Los datos deben mantenerse completos y no ser alterados.


•Conservación: Los registros deben ser accesibles durante el tiempo estipulado legalmente.


•Accesibilidad y legibilidad: La Administración Tributaria debe poder leer e interpretar los datos fácilmente.


•Trazabilidad: Debe quedar constancia de todas las operaciones y cambios.


•Inalterabilidad: Una vez registrados, los datos no pueden ser modificados sin dejar rastro.


•La falta de estas características constituye una infracción según el artículo 29.2.

IconIcon

REGISTRO

Icon

TecnoWebinars.com © 2012-2025 - All rights reserved - Todos los derechos reservados

Es otro producto de DAA Contenidos Digitales, S.L.